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Tax Deductions / Credits/ Impuestos

Relación calificada

¿Qué es una relación calificada?

Un pariente calificado es una persona designada por un código de impuesto sobre la renta federal que permitirá a un contribuyente reclamar como dependiente asumiendo que el contribuyente proporcionó un apoyo financiero significativo a la relación calificada durante el año tributario. Sin embargo, reclamar a un pariente calificado como dependiente no permitirá que el contribuyente acepte una exención adicional en este momento porque la exención personal ha finalizado temporalmente.bajo la TCJA (Ley de Impuestos y Empleos de 2018). Según la TCJA, la deducción estándar casi se duplicó y, por lo tanto, los contribuyentes no reciben una exención adicional de reclamar un familiar calificado. Una relación calificada no necesariamente tiene una relación biológica con el contribuyente.

Conclusiones clave

  • Un pariente calificado es una asignación para reclamar a un no dependiente de la familia de un contribuyente como dependiente a efectos fiscales.
  • Como dependiente, un pariente calificado puede agregar los créditos fiscales del contribuyente adjuntos a esa dependencia a la familia.
  • Para calificar como un pariente calificado del IRS, se deben cumplir cuatro condiciones.

Comprensión de los parientes calificados

Una relación calificada es un término específico que tiene un significado muy claro para el Servicio de Impuestos Internos (IRS). Como pariente calificado, un contribuyente puede reclamar a esa persona como dependiente y obtener posibles créditos fiscales que podrían ir con la adición de esa persona a la familia.

Los parientes calificados generalmente incluyen un pariente mayor que ha vuelto a casa para vivir y cuidar de la familia. Como dependientes, no deberían generar ingresos y deberían depender de los proveedores de ingresos familiares para su apoyo. El cónyuge de un contribuyente no se considera un cónyuge calificado

Una relación calificada puede ser de cualquier edad.

El IRS requiere que se pasen cuatro pruebas para clasificar a una persona como pariente calificado.

  1. El pariente calificado no puede ser un hijo calificado del contribuyente o de cualquier otra persona; ningún contribuyente puede reclamarlos en su declaración de impuestos como hijo calificado.
  2. El pariente calificado debe vivir en la familia del contribuyente todo el año o estar relacionado con el contribuyente como hijo, hermano, padre, abuelo, sobrina o sobrino, tía o tío, cierta ley o cierto pariente adoptivo. Una persona que no está técnicamente relacionada con el contribuyente puede convertirse en un pariente calificado si vive con el contribuyente durante todo el año, mientras que una persona que está relacionada con el contribuyente, pero no vive con él, puede ser un pariente calificado. Una persona que falleció durante el año pero vivió con el contribuyente hasta la muerte o nació durante el año y estuvo viviendo con el contribuyente durante el resto del año se considera un pariente calificado, aunque esa persona no viviera con el contribuyente en su totalidad. año.
  3. La relación calificada debe tener un ingreso bruto de menos de $ 4,200 en 2019. Esta cantidad puede aumentar cada año.
  4. El pariente calificado debe haber recibido más de la mitad de su apoyo financiero para el año del contribuyente.

Pautas de calidad del IRS

La Publicación 501 proporciona al IRS, exenciones, deducciones estándar e información archivada, detalles del cumplimiento de las pruebas de parientes calificados, información sobre cómo convertirse en un hijo calificado, presentación como cabeza de familia, casos de custodia especial y residencia y otras deducciones.Esta publicación oficial brinda información detallada sobre circunstancias especiales, incluyendo cómo presentar la declaración cuando varios contribuyentes brindan apoyo a la misma persona; ganar límites salariales, recibir salarios por hora o recibir dinero de otras fuentes para mantenerse por debajo del límite de una relación calificada; y qué califica a una persona como residente temporal del contribuyente.